La certificación del SISTEMA DE AUTOCONTROL ESPECÍFICO (SAE) conforme a lo establecido en el RD 993/2014 es obligatoria para los establecimientos de productos de origen animal y alimentos que los contengan, que quieran exportar sus productos a: |
- Países con requisitos diferentes de los de la Unión Europea.
- Países con requisitos adicionales a los de la Unión Europea.
- Países que exijan listas específicas de establecimientos exportadores.
Afecta a las empresas que exporten alguno de los siguientes tipos de productos:
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- Productos animales o de origen animal: Cárnicos, lácteos, ovoproductos, pesca, miel...
- Productos elaborados que contengan a los anteriores.
- Productos compuestos por los anteriores más otros alimentos de origen vegetal.
- Productos para alimentación animal. (*)
- Productos zoosanitarios. (*)
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(*) De momento el MAGRAMA no ha elaborado un protocolo para la certificación de este tipo de productos.
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Las auditorías se realizan para verificar la implantación de los distintos requisitos extracomunitarios y el correcto funcionamiento del sistema de autocontroles específicos, a través de la realización de ejercicios de trazabilidad de las partidas destinadas a la exportación.
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Es por lo tanto una certificación basada en la TRAZABILIDAD, por lo que se puede integrar con la auditoría de cualquier otra norma de certificación basada en la norma ISO17065, como por ejemplo: BRC, IFS, Controlado por FACE, Norma de calidad de ibérico, ETG Jamón Serrano, etc.
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